Unificación de criterios procesales: Audiencia Provincial de Barcelona
Ponencias aprobadas por la Audiencia Provincial de Barcelona sobre criterios procesales
TASA JUDICIAL Y TASACIÓN DE COSTAS
Se plantea el problema de si el importe de la misma puede ser objeto de inclusión en la tasación de costas a practicar a instancia del vencedor en costas, cuando este es sujeto pasivo de la tasa y la ha satisfecho en su momento.
La respuesta ha de ser afirmativa a la vista del Artículo 241 L.E.C., conforme al cual se consideran gastos del proceso aquellos desembolsos que tenga su origen directo e inmediato en la existencia de dicho proceso, la tasación de costas comprende tanto las costas en sentido estricto, definidas en el mismo Artículo 241 y los gastos, concepto más genérico, en el que se incluyen las costas.
Así se desprende de los Artículos 242.3, 245.2 y 3 y 246.4. Lee que se refieren al concepto mas genérico de gastos a incluir en la tasación de costas.
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