Terceros intervinientes llamados al proceso; legitimados para impugnar la sentencia.
Reciente sentencia del tribunal supremo (Sala 1ª) en la que se trata de cuál es la posición jurídica de los terceros intervinientes llamados al proceso en virtud dela D.A.7ª de la LOE y en la que se vuelve a abordar la polémica cuestión relativa a los legitimados para impugnar la sentencia (Artº.461 LEC), haciendo en este caso una excepción a la postura mantenida hasta la fecha por el TS, por la connotación específica que en este supuesto (terceros afectados por el fallo de la sentencia) adquiere el concepto de “perjuicio” para impugnar la sentencia. Se adjunta igualmente nota informativa sobre dicha resolución emitida por el Gabinete Técnico de la Sala 1ª del Tribunal Supremo.
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