Guía para la unificación de criterios de los Juzgados Mercantiles de Madrid en materia de concurso sin masa y exoneración del pasivo insatisfecho. Reuniones celebradas los días 31 de enero, 14 de febrero y 25 de abril de 2025.
Archivos de la categoría: Administración
MASC: AP Barcelona – acuerdos de unificación de criterios
Acuerdos de 31 de octubre de 2025, de unificación criterios sobre los MASC, de los Presidentes/as de las Secciones Civiles de la Audiencia Provincial de Barcelona.
MASC: AP Barcelona – acuerdos de las secciones de familia
Acuerdos de 4 de noviembre de 2025, de unificación criterios sobre los MASC, de las secciones de Familia (12ª y 18ª) de la Audiencia Provincial de Barcelona.
Tribunales de Instancia – Comunicado Jueces Decanos
Sobre la implantación de la fase III de los Tribunales de Instancia (LO.1/2025).
MASC – Acuerdos de la AP de TARRAGONA de 23 de octubre 2025
Acuerdos de unificación de criterios en relación con los MASC.
MASC – Auto AP Barcelona (Sección 14ª) de 16 de octubre 2025
Sobre la negociación previa y la voluntad de negociar, en donde de forma clara se establece que dicha propuesta no debe contener renuncia alguna, estableciendo igualmente que el silencio del requerido no le puede beneficiar, pues en dicho caso se estaría dispensando un trato desigual a las partes.
Auto AP de Cádiz (Sección 2ª) de 14 de octubre 2025
Sobre la remisión de la Oferta Vinculante Confidencial (OVC) a través de correo electrónico.
MASC – Auto AP Navarra (Sección 3ª) de 13 de octubre 2025
Sobre la confidencialidad de la OVC y la innecesaridad de que dicha oferta contenga renuncia, ya sea parcial o total al derecho ejercitado, ni tampoco quepa exigir otras condiciones que supongan algún tipo de sacrificio para el emisor de la oferta.
MASC – Auto AP Navarra (Sección 3ª) de 24 de septiembre 2025
Sobre los MASC y las medidas provisionales previas en los procesos de familia.
MASC – Auto AP Huelva (Sección 2ª) de 22 de septiembre 2025
Sobre la confidencialidad de la OVC, resolución en la que la Sala se plantea dudas “muy severas” acerca de la constitucionalidad de la reforma, al establecer un requisito de procedibilidad de forma general e indiscriminada para el acceso directo a los tribunales.